El TJUE declara ilegal el requisito de los 3 camiones
Y llegó el fin del requisito de los 3 camiones o los 5 autobuses.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado hoy ilegal la exigencia de la normativa española que obliga a las empresas a tener un mínimo de 3 vehículos para acceder por primera vez al sector del transporte pesado de mercancías.
Esta sentencia será extrapolable al transporte de viajeros, ya que lo que se declara ilegal es el requisito de la flota mínima.
La sentencia subraya que del reglamento comunitario se desprende que cualquier compañía con al menos un vehículo, “debe poder obtener una autorización de transporte público, sin que los Estados miembros puedan establecer, como condición adicional, un número mínimo de vehículos distinto” del establecido en esa disposición.
Todo esto deriva de una denuncia de la Comisión Europea (CE) contra España por un posible incumplimiento de la reglamentación europea de 2009 sobre condiciones de acceso a la profesión de transportista. El Ejecutivo comunitario había iniciado un procedimiento de infracción contra España y solicitado tanto aclaraciones como modificaciones a la ley del país. Sin embargo, el Estado insistió en que su normativa se ajustaba a la legislación europea, pues se trataba de un requisito “adicional”, además de “proporcionado y no discriminatorio”. Finalmente España no cambió la le y Bruselas optó por presentar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Por lo que finalmente después de años de procedimiento el tribunal dicta sentencia en contra de España que también tendrá que hacerse cargos de las costas.
Ahora toca una nueva etapa para el transporte español, normalmente la liberación de los mercados suele traer parejo mayor movimiento de la economía, ¿que deparará el futuro?, solo el tiempo lo dirá…
Aquí pueden leer la sentencia completa: